Llámanos gratis al 900 805 024 | Si ya eres cliente: 900 866 777

He leído y aceptado la política de privacidad

Hogar

Quién paga el seguro de hogar en un piso de alquiler

Si te vas a ir a vivir de alquiler próximamente, debes estar informad@ sobre el seguro de hogar en un piso arrendado. ¿Sabes quién debe pagarlo? ¡En Seguros B12 te lo contamos!

Por Redacción, el 2019-06-03 11:25:29

¿Te ha gustado nuestro artículo? ¡Vota!

A la hora de alquilar una vivienda, el reparto de responsabilidades y gastos a veces puede ser confuso. Una de las dudas que surgen gira en torno a una cuestión: ¿quién paga el seguro de hogar? ¿El casero o el inquilino? En un escenario idóneo, la respuesta sería ambos.

Salvo que se estipule de forma diferente en el contrato de alquiler, el seguro de hogar básico debe ser adquirido por el arrendador. Sin embargo, es más que recomendable que el inquilino contrate un seguro de hogar complementario. Te lo explicamos a continuación.


Conceptos dentro de un seguro de hogar

Los seguros de hogar se configuran contratando coberturas relacionadas con tres conceptos:

  • Continente: la vivienda como tal y sus elementos de construcción. Las columnas, los muros, las paredes... y también las instalaciones fijas de agua, electricidad, gas y aire acondicionado. Los electrodomésticos fijos: nevera, lavadora, lavavajillas, horno encastrado, etc.
  • Contenido: lo que hay dentro de la vivienda, por ejemplo, los muebles o los electrodomésticos no fijos.
  • Responsabilidad civil: lo que ocurra en una vivienda y afecte a terceros. Por ejemplo, si se rompe una tubería en tu casa y, como consecuencia, aparecen humedades en el techo del piso de tu vecino de abajo.


El seguro del casero

Por lo general, en un contrato de alquiler básico, las responsabilidades se distribuyen de esta forma:

  • El arrendador: es el responsable de las averías que surjan en la casa, es decir, de aquellos daños que no han provocado ni el inquilino ni sus invitados. Si el alquiler incluye los electrodomésticos y la lavadora deja de funcionar de forma espontánea, simplemente porque ya era vieja, lo paga el casero.
  • El inquilino:es responsable de aquello que rompa él, sus mascotas o sus invitados. Si por algún casual, el tambor de la lavadora se rompe por un exceso de carga, lo paga el inquilino.

Teniendo esto en cuenta, el arrendador es responsable de los siniestros que se produzcan en el continente y de la responsabilidad civil de éste. Si el alquiler incluye mobiliario y electrodomésticos, el arrendador también es responsable de éstos, de su buen funcionamiento y de los siniestros que estos puedan causar (por ejemplo, una inundación de la cocina porque se estropea la lavadora).

Todo esto haciendo hincapié en que hablamos de un escenario en el que los siniestros se produzcan de forma accidental. Si el arrendatario ha sido el causante, es él quien debe hacerse cargo de las consecuencias.

Imagen

Por su parte, las reparaciones del hogar suelen ser muy costosas, sobre todo cuando se producen de improvisto y tienen carácter de urgencia. Por eso siempre es recomendable que el casero contrate un seguro de hogar que, como mínimo, se haga cargo de la responsabilidad civil y de los siniestros que afecten al continente.

Podríamos considerar una buena costumbre, exigir al casero en el contrato de alquiler un buen seguro del hogar que tenga cubierta la asistencia de urgencia. De esta forma, el inquilino se asegura que ante cualquier problema (calefacción, agua caliente, etc) la solución será solventada de forma rápida y eficaz, en menos de 24 horas.

En cuanto al contenido, depende del tipo de contrato. Si alquilas una casa vacía (sin muebles ni electrodomésticos), no tiene sentido que incluyas en tu póliza coberturas relativas al contenido. Si alquilas con ellos, está en tu mano decidir si añades garantías que te cubran total o parcialmente estas reparaciones.


El seguro del inquilino

Imagen

El seguro del inquilino suele ser un seguro complementario al del casero. Con él, el arrendatario puede llegar a asegurar todo el contenido de la vivienda que sea de su propiedad, desde los electrodomésticos y/o los muebles (si son suyos) hasta la ropa, los objetos tecnológicos o las joyas.

Si al entrar al piso se ha realizado alguna reforma (pintura, arreglo de lavavos, remodelación de la cocina, etc.) es interesante incorporar al seguro de inquilino un pequeño capital por obras de reforma en el continente o un capital a primer riesgo que proteja tu inversión.

Además, siempre es recomendable incluir la garantía de Responsabilidad Civil del inquilino que cubran los daños que provoque el inquilino a terceros. Por ejemplo, si has cerrado mal un grifo y a consecuencia de esto, provocas una inundación que afecta a alguno de tus vecinos.

×
¿Quieres más información
sobre seguros de hogar?
Llámanos al 900 805 024900 805 024
¿Tienes dudas? Habla con un asesor
×
Llámanos gratis al 900 805 024 o te llamamos nosotros