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Vida

¿Qué es un seguro de accidentes?

Un seguro de accidentes está pensado para cubrir cualquier eventualidad que pueda sufrir el asegurado por una causa ajena a su intención. ¡Sentirse protegido cuesta muy poco!

Por Redacción, el 2019-04-29 16:12:31

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En el día a día estamos expuestos a múltiples peligros. Acciones tan comunes como cruzar la calle o cambiar una bombilla tienen más riesgos de los que pensamos. ¿Qué pasaría si como cabeza de familia sufres una caída y tienes que darte de baja de tu trabajo?

En estos casos, las prestaciones de la Seguridad Social no suelen ser suficientes para hacer frente a los gastos mensuales. A raíz de este problema surgieron los seguros de accidentes, una modalidad especialmente pensada para favorecer el bienestar económico de tu familia. ¿Quieres saber más? Tienes todos los detalles en este post.


La confianza de estar protegido

Un seguro de accidentes es aquel que tiene por finalidad la prestación de indemnizaciones en caso de accidente. Por accidente entendemos una lesión corporal producida por una causa externa, violenta y ajena a la intención del asegurado que tiene como consecuencia un daño físico o su fallecimiento.

Esta modalidad, conocida como seguro de accidente individual, establece ciertas garantías para que los herederos legales o los beneficiarios designados por el asegurado perciban el capital establecido por la póliza. Esto puede ser en forma de renta o en un único pago.

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Existe otro tipo, los llamados seguros de accidente colectivos, que, normalmente, constan de las mismas coberturas que los individuales, pero están caracterizados por ofrecer cobertura a múltiples asegurados que integran una colectividad mediante un solo contrato.

Se trata de un seguro muy demandado por empresas, ya sean pequeñas, medianas o grandes. Normalmente, vienen establecidos por el convenio colectivo aplicable a los trabajadores, pero en este grupo también están los seguros de accidentes que se obtienen al contratar una tarjeta de crédito.


Coberturas más habituales

Los seguros de accidentes cubren los siniestros ocurridos tanto en la vida cotidiana como en el desarrollo de la actividad profesional del asegurado. Como hemos dicho, este tipo de seguros incluyen dos garantías básicas: fallecimiento e invalidez.

a) Fallecimiento a consecuencia de un accidente

Con un seguro de accidentes, las personas designadas como beneficiarios para esta garantía cobrarán la indemnización pactada. Esta puede ser en forma de capital o renta. La fiscalidad en ambos casos es muy diferente. Lo habitual es que sea en forma de renta, de esta forma se completará la pensión de viudedad y/o orfandad de la Seguridad Social.

Las coberturas pueden diferenciarse también por el tipo de accidente:

  • Fallecimiento por cualquier tipo de accidente: es la garantía básica y mínima. Por ejemplo, una caída.

  • Fallecimiento por accidente de tráfico: por lo general en esta cobertura, cuando se contrata se establece un capital igual al básico. Así, en caso de fallecimiento por accidente de tráfico, se cobra el doble de capital (ya sea peatón, conductor o pasajero).

A continuación, un gráfico con el porcentaje de accidentes por cualquier causa (caída, lesión laboral, enfermedad) y accidentes de tráfico producidos en el año 2017:

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Ilustración 1: Mortalidad por accidente en 2017. Fuente: INE.

Los fallecimientos por accidente son una causa importante de mortalidad en las edades hasta los 40-45 años. Los accidentes de tráfico pueden llegar a representar el 43% de las defunciones por accidentes en edades entre los 20-24 años.


b) Invalidez a consecuencia de un accidente

En caso de invalidez, habría que distinguir varios tipos: temporal, parcial, profesional o absouta. En función del grado de invalidez, la indemnización variará, y siempre estará sujeta a las garantías opcionales que se hayan contratado en la póliza. Por lo general, el beneficiario de estas coberturas es el propio asegurado.

Así pues las coberturas más habituales son:

  • Invalidez temporal por accidente: la aseguradora proporciona una renta diaria mientras el asegurado permanezca de baja laboral a raíz de un accidente que la póliza cubre.
  • Invalidez parcial por accidente: cuando, a consecuencia de un accidente, el asegurado sufre lesiones irreversibles pero que no le impiden continuar con su profesión habitual. Por ejemplo, si pierde el anular y el meñique de una mano. Por lo general, podrá seguir trabajando en su profesión habitual, pero tendrá una lesión irreversible. Normalmente, este tipo de invalidez se paga de forma baremada: en la póliza se especifica un baremo en función del tipo de lesión, que establece el porcentaje del capital asegurado que se cobrará.
  • Invalidez profesional por accidente: cuando, a consecuencia de un accidente, las lesiones permanentes no permiten al asegurado volver a trabajar en su profesión habitual, pero sí en otra profesión. Por ejemplo, si un carnicero por un accidente pierde una mano, posiblemente no podrá volver a ejercer de carnicero, pero sí de administrativo.
  • Invalidez permanente absoluta por accidente: situación en la que el asegurado sufre alguna dolencia física irreversible derivada de una causa violenta ajena a su intencionalidad que le impide el desarrollo de cualquier actividad profesional.

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Debemos recalcar que los seguros de accidentes contemplan varias exclusiones de cara al cobro de la indemnización o la renta percibida por fallecimiento o invalidez. A continuación te citamos algunas de ellas:

  • Accidentes provocados intencionadamente por el asegurado.
  • Accidentes ocasionados por el consumo de sustancias estupefacientes no prescritas médicamente.
  • Accidentes provocados por el desarrollo de una actividad deportiva de riesgo. Algunos de ellos son: motociclismo, escalada, boxeo, artes marciales, vuelo libre, etc. En algunos casos, pueden incluirse, pero pagando una prima adicional.
  • Accidentes derivados de intervenciones quirúrgicas no contemplados por la póliza.


c) Asistencia sanitaria

Algunas entidades aseguradoras incluyen como garantía accesoria la cobertura de asistencia sanitaria. Esto supone que los gastos médicos que precise el asegurado que haya sufrido el accidente estarán cubiertos, así como el acceso a un cuadro de especialistas médicos (dentro de los límites y condiciones estipulados en la póliza).


Seguro de vida + Seguro de accidentes

El seguro de vida y el seguro de accidentes comparten características entre sí. Ambos son seguros para las personas, es decir, que buscan cubrir los daños patrimoniales causados por riesgos que puedan afectar a la existencia de la persona, a su integridad corporal y a su salud.

Se trata de seguros complementarios: muchas personas solo tienen contratado uno de ellos, sin saber que la combinación de ambos ampliará la protección. Por ejemplo, la invalidez parcial a causa de un accidente solo se cubre en el seguro de accidentes y, sin embargo, una enfermedad no se contemplara en este seguro y sí en el seguro de vida.

Además, con la edad, los seres humanos somos más propensos a sufrir dolencias y cierto tipo de enfermedades. Por este motivo, contratar un seguro de vida con un capital que cubra las necesidades básicas y un seguro de accidentes que amplíe dicho capital proporciona al asegurado y/o beneficiario(s) mayor solvencia económica en caso de siniestro.

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